RD 723/2026: el derecho a formación, por escrito desde octubre
RD 723/2026: el derecho a formación, por escrito desde octubre
El Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre (BOE de 15 de septiembre) entra en vigor el 5 de octubre de 2026 y cambia el documento que entregas a cada persona que contratas: a partir de esa fecha, la información escrita sobre las condiciones del contrato tiene que incluir el derecho a formación proporcionada por la empresa, los sistemas algorítmicos que uses para tomar decisiones, el plan de igualdad y las medidas LGTBI. Te contamos qué exige, con qué plazos y cómo convertir esa nueva cláusula en formación bonificable con tu crédito FUNDAE.
Qué es el RD 723/2026 y a quién afecta
España transpone por fin la Directiva (UE) 2019/1152, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles. El nuevo real decreto desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga a la empresa a informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato, y sustituye al viejo Real Decreto 1659/1998, que queda derogado.
Se aplica a todas las empresas y personas trabajadoras incluidas en el Estatuto de los Trabajadores. El capítulo II, el que fija el contenido y los plazos de la información, solo rige para relaciones laborales de más de cuatro semanas. Hay capítulos específicos para pesca y marina mercante, que en este artículo no tratamos.
Las cuatro novedades que tocan a RRHH
De la lista del artículo 3.2, estas son las letras que no existían en 1998 y que más trabajo van a dar a un departamento de personas:
| Letra | Qué hay que informar | Qué implica en la práctica |
|---|---|---|
| i) | El derecho a formación proporcionada por la empresa | Redactar por escrito qué formación garantizas y cómo se accede a ella. Es la cláusula que mejor se cubre con formación programada (bonificada). |
| k) | La existencia de sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones | Si usas software que decide o ayuda a decidir sobre turnos, tareas, evaluación o retribución, hay que declararlo. Conecta con la formación en IA de tu plantilla. |
| l) | El plan de igualdad aplicable y la política de conciliación | Referenciar el plan registrado y sus medidas. |
| m) | Las medidas y recursos para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI | Referenciar el conjunto planificado de medidas LGTBI (obligatorio en empresas de más de 50 personas). |
Plazos: antes de empezar, cuando algo cambia y 30 días hábiles
| Situación | Plazo | Referencia |
|---|---|---|
| Entrada en vigor de la norma | 5 de octubre de 2026 (veinte días desde su publicación en el BOE) | Disposición final |
| Nuevas contrataciones | La información se entrega con carácter previo al inicio de la relación laboral | Artículo 7 |
| Cambios en cualquiera de los apartados | Lo antes posible y, a más tardar, el día en que el cambio surta efecto | Artículo 7 |
| Plantilla ya contratada antes del 5 de octubre | Si la persona lo solicita, la empresa tiene 30 días hábiles desde la solicitud para entregar el documento | Disposición transitoria única |
| Modelo oficial de documento informativo | El Ministerio de Trabajo lo publicará en su web en un máximo de veinte días desde la publicación en el BOE | Disposición adicional primera |
Traducido a calendario: cualquier alta que hagas a partir del lunes 5 de octubre tiene que llevar el documento completo antes de empezar. Y conviene tener preparada la versión para la plantilla actual, porque basta con que una persona trabajadora lo solicite para que empiece a correr el plazo de 30 días hábiles.
Qué es exactamente el "derecho a formación proporcionada por la empresa"
El real decreto no inventa un derecho nuevo: obliga a ponerlo por escrito. Lo que ya existe en el Estatuto de los Trabajadores es esto:
- Artículo 4.2.b): derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo, incluida la dirigida a la adaptación a las modificaciones del puesto.
- Artículo 23.1.d): la formación necesaria para adaptarse a los cambios del puesto de trabajo corre a cargo de la empresa.
- Artículo 23.3: las personas con al menos un año de antigüedad tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables hasta cinco años.
Por tanto, la cláusula que redactes debe responder a tres preguntas: qué formación garantiza la empresa (como mínimo la de adaptación al puesto y las 20 horas anuales), cómo se solicita y cómo se organiza (dentro de la jornada, en aula virtual, en teleformación) y con qué recursos se financia. Aquí es donde entra el crédito de formación.
Cómo cubrir esa cláusula con crédito FUNDAE
Todas las empresas que cotizan por formación profesional disponen cada año de un crédito para formar a su plantilla mediante la formación programada por las empresas (Ley 30/2015 y RD 694/2017). Ese crédito se calcula sobre la cuota de formación profesional ingresada el año anterior y depende del tamaño de la plantilla:
| Plantilla | Crédito sobre la cuota | Cofinanciación privada |
|---|---|---|
| 1 a 5 personas | 100 %, con un mínimo de 420 € | No exigida |
| 6 a 9 | 100 % | 5 % |
| 10 a 49 | 75 % | 10 % |
| 50 a 249 | 60 % | 20 % |
| 250 o más | 50 % | 40 % |
Lo importante para el RD 723/2026 es que esta vía te permite convertir una obligación documental en formación real y bonificable: la cláusula dice que garantizas formación y el crédito la paga, siempre que comuniques cada acción a FUNDAE al menos dos días antes de empezar y guardes la documentación. Si te quedan dudas sobre cuánto crédito tienes en 2026 y qué pasa el 31 de diciembre, lo explicamos en cómo aprovechar tu crédito FUNDAE antes de fin de año.
Tres bloques de formación encajan de forma natural con las cuatro letras nuevas:
- Para el equipo de RRHH y administración: cursos de Recursos Humanos y de Derecho, Normativa y Compliance, para redactar y mantener el documento informativo, el registro de jornada o el protocolo de acoso.
- Para toda la plantilla, si usas herramientas que deciden por algoritmo: cursos de Inteligencia Artificial aplicada, que además apoyan la alfabetización en IA que pide el Reglamento europeo de IA.
- Para cumplir con las letras l) y m): cursos de Igualdad y diversidad, que ya aparecen en nuestra guía de formación obligatoria para empresas.
Check-list para llegar al 5 de octubre
- Descarga el modelo oficial del Ministerio de Trabajo en cuanto se publique (plazo máximo: veinte días desde el 15 de septiembre) y compáralo con tu documento actual.
- Haz inventario de software con decisiones automatizadas: cuadrantes, evaluación del desempeño, asignación de tareas, retribución variable. Si existe, hay que declararlo en la letra k).
- Redacta la cláusula de formación: adaptación al puesto, 20 horas anuales del art. 23.3 ET y el canal para solicitarla.
- Referencia el plan de igualdad y las medidas LGTBI si tu empresa tiene más de 50 personas; si no, indica las medidas voluntarias que apliques.
- Prepara la versión para la plantilla actual y decide si la entregas de forma proactiva o esperas solicitudes (30 días hábiles).
- Calcula el crédito FUNDAE que te queda en 2026 y programa la formación que la cláusula promete antes del 31 de diciembre.
Preguntas frecuentes sobre el RD 723/2026
¿Desde cuándo se aplica el RD 723/2026?
Desde el 5 de octubre de 2026, veinte días después de su publicación en el BOE (núm. 228, de 15 de septiembre de 2026). A partir de esa fecha, toda nueva contratación de más de cuatro semanas debe recibir el documento informativo completo antes de empezar a trabajar.
¿Tengo que entregar el nuevo documento a la plantilla que ya está contratada?
Solo si la persona lo solicita: según la disposición transitoria única, la empresa dispone de 30 días hábiles desde la solicitud para facilitar la información. Los cambios que se produzcan a partir de la entrada en vigor sí deben comunicarse en el plazo general del artículo 7 (como muy tarde, el día en que el cambio surta efecto).
¿Qué significa informar del 'derecho a formación proporcionada por la empresa'?
Es la letra i) del artículo 3.2 del RD 723/2026. Consiste en dejar por escrito qué formación garantiza la empresa y cómo se accede a ella: como mínimo, la formación de adaptación al puesto (art. 23.1.d ET) y el permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo para quienes tengan al menos un año de antigüedad (art. 23.3 ET), además del plan de formación anual que financie la empresa.
¿Puedo bonificar la formación que prometo en esa cláusula?
Sí. La formación programada por las empresas (Ley 30/2015 y RD 694/2017) permite financiar con el crédito de formación los cursos que des a tu plantilla, siempre que comuniques cada acción a FUNDAE al menos dos días antes de su inicio y conserves la documentación. El crédito de cada año caduca el 31 de diciembre. Calcula el tuyo en la calculadora de crédito FUNDAE de esta web.
¿Qué pasa si uso software que decide turnos o evalúa a la plantilla?
La letra k) del artículo 3.2 obliga a informar de la existencia de sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones. Conviene inventariar esas herramientas, declararlas en el documento informativo y formar a quienes las manejan; el Reglamento europeo de IA, en su artículo 4, pide además medidas que apoyen la alfabetización en IA del personal.
¿Hay sanción por no entregar el documento?
No informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato en los términos y plazos reglamentarios está tipificado como infracción leve en el artículo 6.4 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (RDL 5/2000). Además, un documento incompleto complica la defensa de la empresa en cualquier conflicto sobre condiciones de trabajo.
¿Prefieres que lo veamos juntos? Llámanos al 630 120 516 o escríbenos desde el formulario de contacto y te decimos en 24 horas qué cursos encajan con tu plantilla y tu crédito.
Nota legal: este artículo se basa en el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, por el que se transpone la Directiva (UE) 2019/1152 relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea (BOE núm. 228, de 15 de septiembre de 2026; entrada en vigor el 5 de octubre de 2026), que desarrolla el artículo 8.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y deroga el Real Decreto 1659/1998. Las referencias al derecho a formación proceden de los artículos 4.2.b) y 23 del Estatuto de los Trabajadores; la tipificación de la infracción, del artículo 6.4 del RDL 5/2000 (LISOS); las reglas del crédito de formación, de la Ley 30/2015 y del RD 694/2017. La formación programada por las empresas es bonificable con cargo al crédito de formación de cada empresa; no es gratuita ni está garantizada si no existe crédito disponible. Contenido informativo, no constituye asesoramiento jurídico: revisa la redacción final de tus documentos con tu asesoría laboral.

