Alfabetización en IA obligatoria: qué cambia el nuevo artículo 4
Alfabetización en IA obligatoria: qué cambia el nuevo artículo 4
El Reglamento (UE) 2026/1744, el llamado Ómnibus digital sobre IA (DOUE de 24 de julio, en vigor desde el 27 de julio de 2026), ha reescrito el artículo 4 del Reglamento de Inteligencia Artificial, el que obliga a las empresas a ocuparse de la alfabetización en IA de su plantilla, y ha aplazado las obligaciones de los sistemas de alto riesgo. La obligación de formar sigue ahí, pero cambia su alcance. Te explicamos qué dice ahora la norma, qué fechas cuentan, qué curso base de uso responsable cubre la obligación para toda la plantilla y qué cursos bonificados de IA encajan con cada perfil.
- Qué cambia en el artículo 4: de "garantizar" a "adoptar medidas"
- El nuevo calendario del Reglamento de IA
- Qué significa para una pyme: medidas proporcionadas y documentadas
- Qué cursos bonificados de IA cubren la obligación
- Qué curso elegir según el perfil
- Cómo bonificarlos con el crédito FUNDAE 2026
Qué cambia en el artículo 4: de "garantizar" a "adoptar medidas"
Desde el 2 de febrero de 2025, el artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689 obligaba a proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA (es decir, a cualquier empresa que usa IA en su actividad) a adoptar medidas para garantizar, en la mayor medida posible, un nivel suficiente de alfabetización en IA de su personal. El Reglamento (UE) 2026/1744 sustituye ese artículo (artículo 1, punto 5) por una redacción nueva:
| Aspecto | Redacción original (2024/1689) | Redacción vigente desde el 27-07-2026 |
|---|---|---|
| Qué se exige a la empresa | Adoptar medidas para garantizar, en la mayor medida posible, un nivel suficiente de alfabetización en IA del personal | Adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en IA del personal y de quienes usen sistemas de IA en su nombre |
| Criterios para graduar las medidas | Conocimientos técnicos, experiencia, educación y formación; contexto de uso; personas afectadas | Los mismos criterios: se mantienen literalmente |
| Nivel exigible | "Nivel suficiente" | La norma aclara que no exige garantizar un nivel específico de ninguna persona en particular |
| Apoyo público | No previsto en el artículo | La Comisión y los Estados miembros apoyarán el cumplimiento, en particular de las pymes; la Comisión publicará ejemplos prácticos y el Consejo de IA adoptará recomendaciones con objetivos comunes |
El considerando 8 del Reglamento explica el motivo: una obligación estricta de garantizar un nivel suficiente no encajaba con todos los tipos de empresas, en especial las más pequeñas. Se rebaja el resultado exigible sin retirar la obligación de actuar.
El nuevo calendario del Reglamento de IA
El Ómnibus también mueve fechas. Estas son las que afectan a una empresa usuaria de IA en España:
| Fecha | Qué se aplica | Efecto para tu empresa |
|---|---|---|
| 2 de febrero de 2025 | Prácticas prohibidas y artículo 4 (alfabetización en IA) | Ya en vigor: la obligación de formar corre desde entonces |
| 2 de agosto de 2026 | Aplicación general del Reglamento, incluidas las obligaciones de transparencia del artículo 50 (chatbots, contenidos generados) | Si usas IA de cara al cliente, hay que informar de ello; los sistemas anteriores a esa fecha tienen un periodo transitorio de cuatro meses para el marcado |
| 2 de diciembre de 2027 | Sistemas de alto riesgo del anexo III (entre otros, selección de personal, evaluación y promoción de trabajadores) | Aplazado desde el 2 de agosto de 2026: más margen para preparar la supervisión humana y la formación de quien maneje esas herramientas |
| 2 de agosto de 2028 | Sistemas de alto riesgo del anexo I (IA integrada en productos regulados) | Afecta sobre todo a fabricantes e industria |
Ojo: que el alto riesgo se aplace no aplaza la formación. El artículo 4 se aplica a todos los sistemas de IA, también a los asistentes de uso general que ya están en cualquier oficina.
Qué significa para una pyme: medidas proporcionadas y documentadas
Con la redacción nueva, lo que un inspector o un cliente te va a pedir no es un certificado de nivel, sino pruebas de que has adoptado medidas razonables. En la práctica, tres cosas:
- Un inventario de las herramientas de IA que usa la plantilla y de quién las usa para qué. Este inventario coincide con el que ya necesitas para la letra k) del nuevo documento de condiciones de trabajo: te lo contamos en RD 723/2026: el derecho a formación, por escrito desde octubre.
- Formación graduada por perfil: una base común de uso responsable para todas las personas que usan IA (riesgos, protección de datos, confidencialidad, supervisión humana) y, encima, formación específica: quien redacta con un asistente necesita saber verificar resultados; quien automatiza procesos necesita entender límites y control; quien analiza datos necesita interpretar salidas y sesgos.
- Un registro de quién se ha formado, en qué y cuándo. Si la formación se bonifica, la propia documentación de FUNDAE (comunicación de inicio, control de asistencia, diploma) te sirve de evidencia.
Qué cursos bonificados de IA cubren la obligación
La forma más directa de cubrir el artículo 4 es un curso base de uso responsable para toda la plantilla que use IA, y encima los cursos de herramientas por perfil. Los cuatro cursos de herramientas los presentamos con detalle en Cursos bonificados de IA 2026: formación práctica para empresas y trabajadores; aquí nos quedamos con lo que aporta cada uno a la alfabetización en IA. Todos son online y bonificables, dentro de nuestro catálogo de cursos de Inteligencia Artificial.
Uso Responsable de la Inteligencia Artificial en la Empresa: Cumplimiento, Seguridad y Buenas Prácticas
Es el curso base: 10 horas online pensadas para cualquier persona que use ChatGPT, Claude u otras herramientas de IA en su trabajo, sin perfil técnico. Recorre el marco del Reglamento Europeo de IA, los riesgos del uso de IA en la empresa, la protección de datos y la confidencialidad de la información corporativa, el uso responsable de ChatGPT y Claude, las políticas internas de gobernanza y la ética, transparencia y supervisión humana. Es justo el contenido que el artículo 4 pide tener en cuenta (contexto de uso y personas afectadas) y el que deja evidencia de "medidas adoptadas" para toda la plantilla. Ver curso.
Experto en Inteligencia Artificial aplicada con ChatGPT
ChatGPT en tareas administrativas, comunicación, contenidos y análisis de información, con verificación de resultados. Ver curso.
Claude IA desde cero
Claude para análisis documental, redacción, síntesis y textos largos, con supervisión humana. Ver curso.
Automatización con Inteligencia Artificial: ChatGPT y Claude
Flujos de trabajo automatizados con ChatGPT y Claude por departamentos, con sus límites y su control. Ver curso.
IA Aplicada al Análisis de Datos y Power BI
IA aplicada al análisis de datos, cuadros de mando e informes en Power BI: interpretación de salidas y calidad del dato. Ver curso.
Qué curso elegir según el perfil
| Perfil o necesidad | Curso recomendado | Qué cubre del artículo 4 |
|---|---|---|
| Toda la plantilla que use IA (base común) | Uso Responsable de la IA en la Empresa (10 h) | Marco del Reglamento de IA, riesgos, protección de datos, confidencialidad y supervisión humana |
| Administración, oficina, gestión documental | Experto en Inteligencia Artificial aplicada con ChatGPT | Uso informado de asistentes generativos y verificación de resultados |
| Perfiles que trabajan con textos largos, informes y documentación | Claude IA desde cero | Análisis documental y redacción con supervisión humana |
| Empresas que quieren automatizar tareas repetitivas | Automatización con Inteligencia Artificial: ChatGPT y Claude | Límites, riesgos y control de los flujos automatizados |
| Analistas, responsables de reporting, finanzas | IA Aplicada al Análisis de Datos y Power BI | Interpretación de salidas, sesgos y calidad del dato |
Cómo bonificarlos con el crédito FUNDAE 2026
Los cinco cursos se imparten como formación programada por las empresas (Ley 30/2015 y RD 694/2017) y se financian con el crédito de formación de tu empresa, que caduca el 31 de diciembre. Para que la bonificación sea correcta, la acción se comunica a FUNDAE al menos dos días antes de empezar y se conserva la documentación. Si no sabes cuánto crédito te queda para este último trimestre, lo explicamos en cómo aprovechar tu crédito FUNDAE antes de fin de año.
- Inventaría las herramientas de IA en uso y asigna a cada persona un perfil (usuario de asistentes, automatización, análisis de datos).
- Asigna el curso base de uso responsable (10 h) a todas las personas que usan IA y añade el curso de herramientas de cada perfil con la tabla anterior; calcula el crédito disponible.
- Comunica la acción a FUNDAE al menos dos días antes del inicio y guarda la documentación: es tu evidencia de "medidas adoptadas".
- Anota la formación en el registro interno y revisa el plan cuando cambien las herramientas o cuando el Consejo de IA publique sus recomendaciones.
Preguntas frecuentes sobre la alfabetización en IA y los cursos bonificados
¿Sigue siendo obligatorio formar a la plantilla en IA tras el Ómnibus digital?
Sí. El artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689, en la redacción dada por el Reglamento (UE) 2026/1744, obliga a proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA a adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en IA de su personal, teniendo en cuenta sus conocimientos, experiencia, educación y formación y el contexto de uso. Lo que cambia es que ya no se exige garantizar un nivel específico de alfabetización de ninguna persona en particular.
¿Desde cuándo se aplica la obligación de alfabetización en IA?
Desde el 2 de febrero de 2025, fecha de aplicación de los capítulos I y II del Reglamento de IA. La nueva redacción del artículo 4 está en vigor desde el 27 de julio de 2026, tres días después de la publicación del Reglamento (UE) 2026/1744 en el DOUE.
¿Qué se ha aplazado exactamente?
Las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: los del anexo III (por ejemplo, selección de personal o evaluación de trabajadores) pasan al 2 de diciembre de 2027 y los del anexo I (IA integrada en productos regulados) al 2 de agosto de 2028. La obligación de formar del artículo 4 no se ha aplazado.
¿Cuántas horas de formación en IA exige la norma?
Ninguna cifra concreta. El Reglamento pide medidas proporcionadas al perfil de cada persona y al contexto de uso, y anuncia que la Comisión publicará ejemplos prácticos y que el Consejo de IA adoptará recomendaciones con objetivos comunes. Mientras llegan, lo razonable es una base común de uso responsable para toda la plantilla que use IA (por ejemplo, un curso de 10 horas que cubra el Reglamento de IA, los riesgos, la protección de datos y la supervisión humana) y, encima, formación práctica por perfil, documentada, que puedas acreditar.
¿Se pueden bonificar los cursos de IA con el crédito FUNDAE?
Sí. Tanto el curso de Uso Responsable de la IA en la Empresa como los cursos de herramientas de Inteligencia Artificial de Aulaformación se imparten como formación programada por las empresas (Ley 30/2015 y RD 694/2017) y se financian con el crédito de formación de la empresa, comunicando cada acción a FUNDAE al menos dos días antes del inicio. El crédito de 2026 caduca el 31 de diciembre; compruébalo en la calculadora de crédito FUNDAE de esta web.
¿Quieres que lo veamos con tu plantilla delante? Llámanos al 630 120 516 o escríbenos desde el formulario de contacto y te proponemos en 24 horas qué curso de IA corresponde a cada perfil.
Nota legal: artículo publicado el 22 de septiembre de 2026. Se basa en el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024 (Reglamento de Inteligencia Artificial), artículos 3.56 y 4, en la redacción dada por el Reglamento (UE) 2026/1744 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de julio de 2026 (DOUE de 24 de julio de 2026, en vigor desde el 27 de julio de 2026; artículo 1, punto 5, y nuevas fechas de aplicación de los sistemas de alto riesgo: 2 de diciembre de 2027 para el anexo III y 2 de agosto de 2028 para el anexo I). Las reglas del crédito de formación proceden de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio. La formación programada por las empresas es bonificable con cargo al crédito de formación de cada empresa; no es gratuita ni está garantizada si no existe crédito disponible. Contenido informativo, no constituye asesoramiento jurídico.

